En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Penal de 1ra Instancia Estadales y Municipales en funciones de Sexto de Control-Cumaná, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el imputado DOMINGO LUIS MATA RIVAS, titular de la Cédula de identidad Nº 19.082.526, de 28 años de edad, residenciado en la calle Simón Rodríguez, de Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, vigente para el momento en que ocurrieron los hechos, en perjuicio de: ANDY LISBETH RAMÍREZ HINJOSA de conformidad con el numeral 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuanto de la revisión de los autos se evidencia que desde la ocurrencia del hecho a la presente fecha ha transcurrido un lapso de tiempo considerable, lo que tr.....