acuerda dejar sin efecto la convocatoria al acto de inspección de la sustancia incautada, acordado en la presente causa y ordena seguir el procedimiento previsto en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, por lo que Autoriza a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, para que se realice la incineración de la sustancia relacionada con la presente investigación, que según el dictamen pericial, se trata de dos mini envoltorios de la sustancia ilícita denominada Cocaína Base Tipo Crack con un peso neto de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILIGRAMOS (243 mg.), a cuyos efectos se ordena remitirle copia certificada del dictamen respectivo. Así mismo, se ordena la remisión de las actuaciones a la misma Fiscalía, para que prosiga la investigación penal y presente el acto conclusivo que considere procedente