En virtud de las consideraciones antes expuestas el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, de conformidad con el contenido del numeral 3º del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 5 y 251 en su parágrafo segundo eiusdem, respectivamente, ACUERDA EMITIR ORDEN DE CAPTURA en contra del imputado LUÍS WILFREDO FARIAS RAMOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 24.402.617, 20 años de edad, nacido en fecha 08/04/1.991, de estado civil soltero, de profesión u oficio no definido, hijo de Noelia del Valle Rodríguez y residenciado en la Calle Monte Piedad, Sector Caiguire, Casa Nº 05 (detrás de la bomba la ventaja, al frente de la bodega, Cumaná, Estado Sucre, la cual se le iniciara por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artí.....