Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numerales 3 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado RAUL ALEJANDRO MUÑOZ RUSSA; venezolano, de 23 años de edad, nacido en fecha 09/11/1989, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.892.105, de estado civil soltero, de oficio Estudiante, residenciado en la Calle Sucre; edificio Santa Cruz Nro. 10,de esta ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, teléfono 0424-894-33-33, hijo Jesús Gómez y Magalinda Russa, consistentes en un régimen de presentaciones cada quince (15) días por el lapso de seis (06) meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; todo ello por la presunta comisión del delito de LESIONES.....