En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo establecido en los numerales 3 y 6 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, a los ciudadanos seguida a los imputados: EDGAR JOSÉ BENÍTEZ, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-26.135.662, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 23/04/1.990, de profesión u oficio del pintor, hijo de Edgar Martínez y Yhajaira Benítez, residenciado Caserío Perfecto, casa S/N°, cerca del puente, Parroquia Cocollar Municipio Montes del Estado Sucre, FRANCISCO DE PAULA ZERPA MARTÍNEZ, venezolano, de 71 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.654.386, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 02/04/1.941, de profesión u oficio del comerciante, hijo .....