es por lo que este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA la prórroga solicitada por la representación de la Fiscalía Tercera del Ministerio Público, concediendo un plazo de QUINCE (15) días, contados a partir del vencimiento de los treinta (30) días a los que hace referencia a norma citada, en virtud de que el presente asunto se le sigue al Imputado HECTLUIS ORLANDO MAESTRE OREA, venezolano, nacido en fecha 14/03/65, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.279.592, hijo de Jorge Orea y Luís José Maestre, soltero, de oficio indefinido, residenciado en la Urbanización Bermúdez, Bloque 06, Letra C, piso 01, apartamento 02 Cumaná, Estado Sucre, Teléfono de habitación: 0293-4331682, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 2° en concordancia con el artículo 80 ambos del Código Penal Vigente,.....