Es por todo lo antes expuesto que este Tribunal Sexto de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: CONDENA a los acusados JOSE LEONARDO MOTA CHACÓN, venezolano, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.903.359, nacido el 27-06-88, soltero, de oficio comerciante, hijo de José Gregorio Mota e Iraida Chacón, residenciado en la Urbanización La Lanada, sector 02, vereda 10, casa No. 04, de esta ciudad, LEOBARDO JOSE MOTA CHACON, venezolano, natural de Cumaná Estado sucre, nacido el 23-03-84, de 24 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.484.641, soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de Iraida Josefina Chacon y José Gregorio Mota, residenciado en la Urbanización La Llanada, sector 2, vereda 10, casa Nº 04 de esta Ciudad y PEDRO MIGUEL BOADA GUERRA, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 05-12-1985, de 22 años de edad, soltero, ob.....