Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y DECRETA el SOBRESEIMIENTO De la presente causa a favor del ciudadano ROGER JOSÉ YENDEZ ZAPATA, venezolano, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad número V-17.445.206, de oficio agricultor, nacido en fecha 05/05/1981, residenciando en el Caserío de Arenas de Cumanacoa, Calle El Tintero, Casa S/N, Cerca del Cementerio, parroquia arenas del Municipio Montes Estado Sucre, hijo de Omar Yendez y de Carmen Zapata, la cual se le iniciara por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana IRAIDA MIGUELINA LA ROSA, de conformidad al artículo 43, 44, 45 y 318 ordinal 3 del código orgáni.....