Quien Suscribe, JESÚS MILANO SAVOCA, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.836.150; actuando en este acto con el carácter de Juez Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, conforme a la Rotación Anual de Jueces ordenada en Oficio N° 361-2011 de fecha 28 de Marzo del año 2011, emitida por la Jueza Rectora del Estado Sucre; procedo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, a plantear inhibición fundamentada en los siguientes términos: cursa ante el Juzgado de Control que presido, asunto penal signado con el número RP01-P-2012-000381, contentivo de solicitud de Sobreseimiento de la Causa, presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, en contra del ciudadano MARMOUD AZDACHIR, titular de la cédula de identidad N° E-80.854.729, por la presunta comisión del Delito de Estafa. Ahora bien, desde hace muchos años miembros de mi familia y mi persona han tenido amistad manifiesta .....