Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve con lugar la solicitud fiscal y RATIFICA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y SEGURIDAD impuestas a favor de la víctima y en contra del imputado WILMER ENRIQUE PADRON BOLIVAR, venezolano, nacido en Cumaná Estado Sucre, en fecha 06/10/1986, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.761.468, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.761.468, hijo de William Padrón Jiménez y Ana del Valle Bolívar, desempleado, domiciliado en Sector Miramar, Calle Principal, casa S/N (cerca de la Caja de Agua) de Mariguitar Municipio Bolívar, Estado Sucre, Teléfono: 0412-492.80.60; por la presunta comisión del delito de AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana KARINA DEL VALLE MARQUEZ QUIJADA; contenidas e.....