En virtud de todo lo antes expuesto Este Juzgado Sexto Penal de Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre Con Sede En La Ciudad De Cumaná, En Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, decreta el cumplimiento de la suspensión condicional del proceso y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el articulo 300 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal y se declara el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano JOSE FELIX CASTILLO GUTIERREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 19.345.213, nacido en fecha 01-02-1990, de 21 años de edad, soltero, profesión u oficio Vigilante nocturno-Obrero, hijo de Luisa Gutiérrez y Alfonso Castillo, residenciados en Las Palomas al final de la Calle El Venado, casa s/n, detrás de la Farmacia las palomas Parroquia Santa Inés, de esta Ciudad, Municipio Sucre del Estado Sucre. Teléfono 0293-4313731, a quien s.....