SE ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que por la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sean conducidas de manera inmediata la ciudadana Carmen Carolina Rengel, con cédula de identidad N° 11.382.162 y a su adolescente hija Sujeidi Carolina Moreno Rengel, domiciliadas en Barrio 19 de Abril, casa S/N, de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre; hasta la sede de la Fiscalía solicitante a objeto de que sean entrevistadas sobre los hechos que se investigan, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 16 de febrero de 2006, a las 08:00 de la mañana; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente los destacados en la Población de Cumanacoa; se acuerda la remisión del mandato a su Comandante, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios .....