En virtud de lo acontecido, el TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, admitida totalmente la acusación fiscal en contra de los ciudadanos OLIVER JOSÉ FIGUERAS GARNIER, venezolano, nacido en fecha 02-05-1981, titular de la cédula de identidad N° 14.909.594, residenciado en Urbanización Gran Mariscal de Ayacucho, torre 304, piso 2, apartamento 21, Cumaná, Estado Sucre y JAIRO LUIS COVA MAESTRE, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.498.815, residenciado en Avenida Vela de Coro, Sector Las Parcelas, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, por el delito de CONCUSIÓN contemplado en el artículo 60 de la ley contra la Corrupción en perjuicio del Estado Venezolano y de la ciudadana MARIELA DEL VALLE RODRÍGUEZ CASTILLO. En consecuencia, dicta auto de APERTURA A JUICIO .....