Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano JHONNY JOSÉ GUTIERREZ, titular de la Cédula de Identidad No. 8.647.890, por la comisión de los delitos de ROBO IMPROPIO Y LESIONES PERSONALES LEVES, previsto en los Artículos 456 y 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana LADY JAIDELBET FORTI GARCÍA, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES DE PRISIÓN más las accesorias del artículo 16 del Código Penal; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece como fecha provisional en que la presente pena concluirá aproximadamente el 15 de AGOSTO del año 2011. Por último se ordena mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, impuesta al acusado, en fecha 30-1.....