este Tribunal Sexto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la ciudadano JUAN JOSE MARCANO GAMBOA, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 23.806.901, soltero, nacido el 28-06-1990, residenciado en el Barrio Caiguire, calle principal, cumanacoa, municipio montes, estado sucre, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en relación con el encabezamiento y segundo aparte del artículo 80 ejusdem, en perjuicio del adolescente XXXX; todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1, 2 y 3; en relación con el artículo 251, numerales 2 y 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda como sitio de reclusión en Comandancia de Policía de esta Ci.....