Este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR la solicitud de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los artículos 358, 359 y 360 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se imponen a las ciudadanas LISBEIDYS MARIA PLAZA RIVERA, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.126.900, natural de Carúpano, Estado Sucre, soltera, nacida en fecha 14-05-1991, hija de Rosa Margarita Plaza Y Pedro José Rivera, sin oficio, residenciada en la Pionias, casa S/N, en la invasión que esta detrás del Modulo policial, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; y AURISBEL DEL VALLE VILLARROEL CAMPO, venezolana, de 37 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.882.960, natural de Carúpano, Estado Sucre, soltero, nacida en fecha 24-08-1977, hija de Carlos Villarro.....