Sobre la base de las consideraciones que preceden, el Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA POR EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS regulado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal al acusado NESTOR RAFAEL RONDON, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.659.597, de 35 años de edad, obrero, residenciado en el Barrio Los Cocos, Sector el Campito, Casa S/N, Cumaná Estado Sucre; a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, por los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previstos y sancionados en los artículos 458 concatenado con el primer aparte del artículo 80 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Aurelio Rincones y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado venezolano. .....