Por las consideraciones antes expuestas, que ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, dicta ACTO DE APERTURA A JUICIO al ciudadano: CARLOS ALFREDO ROMERO DÍAZ, venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.674.174, nacido en fecha 28/09/1985, de profesión u oficio obrero, residenciado en Cumanacoa, Primera Calle, Las Colinas, Casa S/N°, a dos casas del Taller de Latonería y Pintura, Municipio Montes del Estado Sucre, teléfono: 0293-838.13.74, quien se encuentra presuntamente incurso en el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal en perjuicio de LA COLECTIVIDAD.- Se emplaza a las partes para que en un lapso común de cinco comparezcan ante el Tribunal de juicio. Se acuerda rem.....