este Tribunal Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a la disposición contenida en el artículo 45, 46, 49 del Código Orgánico Procesal Penal, considera que lo procedente es declarar la Extinción de la Acción Penal y de conformidad con lo previsto en el artículo 49 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano JANDERSON JOSÉ CASTILLO MARÍN, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.777.619, casado, de profesión u oficio Picador de Pollo, hijo de Marcelina Marín y Julián Castillo, y residenciado en la Llanada, Sector 03, Vereda 19, Casa N° 09, de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, de conformidad con lo establecido en los artículos 45, 46, .....