Por las consideraciones antes expuestas el Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial penal del estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por no estar llenos los presupuestos procesales para efectuar la entrega del bien incautado, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de entrega de vehículo planteada por el ciudadano IVAN JOSÉ SALAS ZABALA.