En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO JOSE FERNANDO VARELA, titular de la cédula de identidad Nº 11.521.010, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, y VIOLENCIA SEXUAL, previstos y sancionados en los artículos 39,40, y 43 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la Ciudadana: ANGELYS MARELLYS VARELA RAMOS, en virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado"