Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA la Libertad sin Restricciones a favor del ciudadano PEDRO JOSÉ TINEO RAMÍREZ, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 9.450.490, de 44 años de edad, nacido en fecha 20/05/1966, casado, mecánico en refrigeración, hijo de pedro Antonio Tineo y Carmen Ramírez, y residenciado en Guarapiche de Casanay, calle principal, Casa S/N, cerca del liceo, Municipio Andrés Eloy Blanco; por ausencia de imputación fiscal y de elementos de convicción que operen en su contra. Líbrese boleta de libertad y mediante oficio remítase al Instituto Nacional de Tránsito y Transporte terrestre con sede en Cumaná. Se acuerda la libertad del imputado de autos, la cual se hace efectiva desde esta misma sala de audiencias, dejándose constancia que el mismo se retira en buenas c.....