PRIMERO: Se ADMITE PARCIALMENTE la acusación fiscal en contra del imputado NESTOR JOSE MARQUEZ quien es venezolano, mayor de edad, soltero con fecha de nacimiento 20/02/1979, titular de la cédula de identidad 16925785, residenciado en la población de Mariguitar, barrio Miramar casa sin número, Mariguitar, Municipio Bolívar del Estado Sucre por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal Vigente en perjuicio del hoy occiso ANTONIO JOSE RODRIGUEZ- SEGUNDO: en virtud de la admisión de los hechos por parte del imputado se le declara culpable de la comisión del delito señalado, en consecuencia, se le condena a cumplir la penal de TRES (3) AÑOS Y CUATRO (4) MESES DE PRISIÓN, cuya forma de cumplimiento, lo determinará el Juez de Ejecución Competente.