En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Sexto de Control, con vista a la petición Fiscal y con fundamento en lo dispuesto en el articulo 310 del Código Orgánico Procesal Penal, observando que están cubiertos los presupuestos de exigencia de dicha norma para que proceda la solicitad formulada, es por lo que la acuerda con lugar, y en consecuencia, ordena MANDATO DE CONDUCCION para el ciudadano LUIS RAFAEL GAMARDO, titular de la cedula de identidad N° 14.284.701, quien reside en la urbanización Bebedero, vereda 21, casa Nº 07, Cumaná, Estado Sucre, para que con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sea conducido por la fuerza publica, en forma inmediata a su ubicación, ante la Fiscal Décima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, el día 01 de Junio de 2012, a las 10:30 A.m. hasta su sede, ubicada en la Avenida Universidad, Edificio "Ministerio Público", piso 2, local 204, frente a la U.D.O., en esta ciudad de Cumaná, para lo cua.....