Por los razonamientos antes expuestos, ESTE TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CUMANA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD, contra el imputado AQUILES JOSE ROJAS VIZCAINO, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.545.784, venezolano, de 21 años de edad, natural de Chacopata, Municipio Cruz Salieron Acosta del Estado Sucre, titular de la cédula de identidad N° 26.545.784, soltero, de ocupación pescador, hijo de Agustino Rojas y Luz Margarita Vizcaíno, residenciado en Caimancito Calle Las Flores, cerca del Studium, casa s/n, Municipio Cruz Salieron Acosta del estado Sucre, y El Galpón, cerca de la Playa, sector el Guerito, Municipio Cruz Salieron Acosta del estado Sucre, teléfono: 095-8727270, por la presunta comisión del delito de HURTO DE GANADO, previsto en el artículo 8 sobre la Ley de Robo y Hurto de Ganado, en perjuic.....