DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho, por el abogado REINALDO DAVAUS, en su carácter de Defensor del imputado HANS IVANOVICH MELIAN MARCANO, en contra de la decisión judicial pronunciada por el Juzgado Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 10/05/2007, mediante la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a favor del imputado de autos, ello de conformidad con lo establecido en el literal "c" del artículo 437 en relación con los artículos 447 ordinal 7° y la parte in fine del artículo 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se ORDENA a la Juez A quo emitir pronunciamiento en relación a la solicitud de NULIDAD ABSOLUTA interpuesto por la defensa del imputado de autos, en escrito presentado ante ese Tribunal en fecha 08/05/2007 y, una vez publicado dicho pronunciamiento deberá notificar a las partes.