Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ABGS. NATHALY LORENA RODRIGUEZ y LISANDRO ALVAREZ, en su carácter de Defensores Privados del ciudadano SUBERT CARTAYA UGUETO, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.043.336, contra la decisión dictada en fecha 09 de Julio de 2019, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decretó la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la prenombrada ciudadana, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES.....