DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados ALEJANDRO TERAN MARTINEZ, OLIVO VARGAS BARRAGAN y MARIA MERCEDES RAMIREZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de enero del año 2005 por el Juzgado Segundo de Juicio Circunscripcional, mediante la cual acordó condenar a los ciudadanos JOSE GREGORIO NAVARRO PADRON, OSCAR GILBERTO CEBALLOS MEDINA y FRANCISCO MANUEL VERA GAMEZ, ya identificados, a cumplir la pena de QUINCE AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de SECUESTRO EN GRADO DE COAUTORÍA, previsto y sancionado en el artículo 462 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, ello por considerar que están dadas las circunstancias denunciadas en el numeral 2 del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir por falta de motivación de la decisión. En consecuencia, se decreta la NULIDAD de la sentencia recurrida y se ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un Tribunal distinto al que pronunció el fallo recurrid.....