DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITEN los recursos de apelación interpuestos, el primero por el profesional del derecho Dr. JOEL CARLOS GOMES GONCALVES, en su carácter de Defensor Privado, del ciudadano VICTOR JOSE CAMPOS NUÑEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V- 15.780.803; el segundo por la profesional de derecho Dra. MARIA LUISA UGUETO, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano YOXANDER ANTONIO JIMENEZ ESPINOZA, titular de la cedula de identidad Nro. V-18.931.172; el tercero por el profesional del derecho Dr. JUAN CLAUDIO VEGAS, en su carácter de Defensor Privado del ciuda.....