PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Profesionales del derecho Abogados ROSALBA CEBALLOS e IGOR MARTINEZ, en su carácter de defensores de los imputados PETRA MARIA BLANCO RIVAS, RICHARD SERGEY LOZANO SIVIRA, VALERIO EDUARDO GATTI NAHI y ROMER CARDONA, en contra de la decisión dictada en fecha 03/02/2008, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra los mismos, todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 250, en concordancia con el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación del Recurso de Apelación interpuesto por el Ministerio Público del Estado Vargas