Declara INADMISIBLE el recurso de revisión de la sentencia dictada por el extinto Juzgado Accidental Primero del Juzgado Superior Vigésimo en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas del Distrito Federal, en fecha 11/10/1991, en la que condenó al ciudadano GUSTAVO CLAVIJO RONDON, venezolano, natural de Colombia, donde nació el 20/01/1962, hijo de Teresa Rondón y Carlos Clavijo, titular de la cédula de identidad N° 9.139.361, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y penado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello en virtud de encontrarse prescrita la pena que faltaba por cumplir.