CONFIRMAR la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Control Circunscripcional, mediante la cual acordó DECRETAR la privación judicial preventiva de libertad del imputado DAVID CORREIA MARTIN, por encontrarse llenos los extremos legales establecidos en los artículos 250, 251 ordinales 2 y 3 y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal, declarando sin lugar la solicitud de la libertad sin restricciones y la negativa de concesión de medidas cautelares sustitutivas de libertad a favor de su patrocinado, prevista en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal.