CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Juicio Circunscripcional de fecha 21 de abril del año en curso, mediante la cual acordó declarar SIN LUGAR la solicitud de revisión de la medida privativa de libertad solicitada a favor de la acusada LORENA INES VERA ATENCIO, por considerar que el proceso penal seguido en su contra se ha prolongado en el tiempo por causas imputables a la defensa aunado a la consideración que la norma contenida en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, no es apreciable ante el mandato del artículo 29 de la Carta Fundamental.