ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado, Abogado RAFAEL QUIROZ, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de Noviembre de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declara SIN LUGAR la solicitud de Libertad Plena interpuesta por el referido abogado a favor del ciudadano DEYVID RAMON ANZOLA MEDINA, negando el decaimiento de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo previsto en el artículo 264 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal.