Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho el primero ABG. JAVIER IGNACIO QUINTERO, en su carácter de Fiscal Provisorio Tercero Nacional Contra las Drogas del Ministerio Publico, el segundo ABG. DANESIA PEDRA, en su condición de defensa pública decima séptima (17°) penal del estado La Guaira y el tercero ABG. YUSMARA SOTO, en su condición de defensa publica primera (01°) penal del estado La Guaira y ABG. ALEXON LANDAEZ, en su condición de defensor público tercero (03°) penal del estado La Guaira, en razón de la sente.....