Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIOO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho ABG. JETZIMAR SALAZAR CEDEÑO, en su carácter Fiscal Auxiliar Interina Decima (10°) del Ministerio Público del estado La Guaira en Materia Contra Las Drogas, legitimación de Capitales, Delitos Financieros y Delitos de Extorsión y Secuestro, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 02 de diciembre de 2021, mediante la cual durante la celebración de la audiencia preliminar DE.....