REVOCA la decisión pronunciada y publicada en fecha 12/08/2009 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de este Circuito Judicial, en que decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos LUIS ANTONIO ROJAS HURTADO, JOSE LUIS ACOSTA SOSA, JOSE GREGORIO ALVAREZ GUANCHEZ, DERWIN ALEXANDER OROPEZA y MORILLO ROJAS LIORLAND BEYBIMAR y, en su lugar se ORDENA la INMEDIATA LIBERTAD de los prenombrados ciudadanos, por no estar satisfecho el requisito exigido en el numeral 2 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se insta al Ministerio Público a continuar la investigación.