REVOCA la sentencia condenatoria pronunciada por el Juzgado Tercero de Juicio Circunscripcional, en audiencia oral y pública celebrada en fecha 30MAY2005 y motivada en fecha 07JUN2005, mediante la cual le impuso al ciudadano DIMAS RAFAEL ESCOBAR RUIZ, la pena de ONCE (11) AÑOS DE PRESIDIO por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 460 hoy 458 del Código Penal vigente y, en su lugar ABSUELVE al referido ciudadano de la imputación fiscal realizada en su contra, todo ello en aplicación del principio in dubio pro reo y, conforme a lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal.