Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por interpuesto por la profesional del derecho Dra. YELITZA MERCEDES BRITO, en su carácter de Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de mayo de 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual durante el desarrollo de la Audiencia Preliminar, ordena que se le realice nuevamente una evaluación a la niña D.V., ante un experto adscrito al Servicio Nacional de Medicatura y Ciencias Forenses SENAMECF, en virtud que en fecha 19/06/201.....