ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados, Abogados RAFAEL QIROZ Y JUAN JOSE GONZALEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de Octubre de 2007, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso a los imputados 1) RAFAEL ANTONIO ACOSTA, venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.080.448, y 2) WILFREDO ANTONIO ALMEIDA VELASQUEZ, venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.177.879, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.