Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LA GUAIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ABG. GERALD GONZALEZ OLIVO, en su carácter de Defensor Público Séptimo Penal Ordinario del estado la Guaira, de los ciudadanos WILMER JESUS SANDOVAL MORALES, titular de la cédula de identidad Nº V-24.334.935, JESUS ALFONSO TERAN HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-24.334.975 y EDGAR JOSE CAMACHO BERGMAN titular de la cédula de identidad Nº V-27.042.128 en contra de la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de julio de 202.....