DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados privados JUAN GONZALEZ, en representación de GERSON RAFAEL GONZALEZ, ANTONIO RAÙL CONESA NUÑEZ, en representación de JOHAN ALBERTO RIVAS ANGARITA y JUAN CARLOS SANTOS SANDOVAL, GLORIA VILLAMIZAR, en representación de LIOMAR JOSÈ ANZOATEGUI HERNANDEZ y RAFAEL QUIROZ, en representación de ERICK HUMBERTO RODRIGUEZ FUENTES, contra la decisión dictada en fecha 10 de junio de 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, pero por la presunta comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en relación con el artículo 80 último aparte y 82 ejusdem, para los ciudadanos JOHAN ALBERTO RIVAS ANGARITA, JUAN CARLOS SANTOS SANDOVAL Y LIOMAR JOSÉ ANZOATEGUI, y en grado de COMPLICIDAD para los imputados GERSON RAFAEL GONZALEZ y ERICK HUMBER.....