ADMITE el recurso de revisión ejercido por el Juzgado Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas a favor del penado JOSÈ DEL CARMEN MARTE QUEZADA, en razón de la sentencia definitivamente firme publicada por el Juzgado Unipersonal Sexto de Juicio de Primera Instancia en lo Penal Circunscripcional en fecha 29 de Agosto de 2003, en la que CONDENO al referido penado a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo previsto en el numeral 6° del artículo 470, en relación con el numeral 6° del artículo 471, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 474, 455 y 456, todos del Código Orgánico Procesal Penal.