ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Defensores Privados, Abogados CARLOS ARMANDO GUAITA VELASQUEZ y LEONARDO ENRIQUE ARAUJO SALAS, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de Octubre de 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso al imputado RONILD EDUARDO CASTELLANOS, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.