DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en lo Penal Ordinario, Responsabilidad de Adolescentes del Circuito Judicial del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONFIRMA en los términos expuestos en el presente fallo, la decisión dictada en fecha 03 de Febrero de 2022, mediante la cual se le otorgó la REDENCIÓN DE LA PENA por el trabajo y el estudio al penado PEDRO JOSÉ BRITO CAMPOS, titular de la cedula de identidad N° V.-14.481.368, por un tiempo de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES y SIETE (07) DÍAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 155 del Código Orgánico Penitenciario en concordancia con el artículo 497 de Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 numeral 1 del Código Penal, con la agravante establecida en el artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el derecho.....