Declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los Doctores MILAGROS GOITIA y JORGE BASTARDO RODRIGUEZ, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público del Estado Vargas y Fiscal Auxiliar, respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Julio de 2008, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual se acordó libertad sin restricciones del ciudadano FRANCISCO JOSÉ QUIJADA, ello de conformidad con lo establecido en el literal "c" del artículo 437, en relación con el artículo 432 del Código Orgánico Procesal Penal.