Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho Luis Antonio Dorta García y María Mecedes Ramírez, actuando en su carácter de defensores de los ciudadanos PASTOR ALBERTO OLIVARES y CORET VIRGINIA PADILLA SALON, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera instancia en Función Cuarto de Control Circunscripcional, de fecha 27 de octubre de 2005, mediante la cual decretó a los mencionados imputados la privación judicial preventiva de libertad. Todo por estar garantizado el principio contenido en el artículo 190 del Código Orgánico Procesal Penal, y por estar satisfechos los requisitos exigidos por el artículo 250, numerales 1, 2 y 3 ejusdem.