ADMITE el recurso de apelación ejercido por el Profesional del Derecho, Abogado EDUARDO PERDOMO DELGADO, en su carácter de Defensor Público Quinto Penal de esta Circunscripción Judicial, en contra de la decisión dictada en fecha 30 de mayo de 2007, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declara sin lugar la solicitud formulada por la defensa, en el sentido de que se acuerde la libertad plena de su patrocinado, ya que el Tribunal A quo consideró que no están llenos los extremos de los artículos 244, 245 y 264 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la decisión No. 246 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 20 de marzo del año 2004.