Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado 1.- ADMITIÓ la reforma de la demanda de Ejecución de Fianzas, interpuesta por el apoderada judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA; 2.-.ORDENÓ EMPLAZAR a la empresa SEGUROS ALTAMIRA, C.A.; 3.- ORDENÓ notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA de conformidad con el artículo 108 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica que rige su Funciones, quedando suspendida la presente causa por un lapso de noventa (90) días continuos; 5.- INSTÓ a la parte demandante a consignar los fotostatos requeridos para practicar la citación y notificación ordenadas, y; 6.- ORDENÓ fijar audiencia preliminar una vez conste la citación y la notificación ordenadas, transcurrido el lapso establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y haya vencido el lapso otorgado a la Procuraduría General de la República.