se dictó y publicó decisión mediante la cual se ADMITIÓ la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Pedro Alvárez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Funeraria El Pinar, C.A. contra el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales; ORDENÓ la notificación de los ciudadanos FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, Y PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA; ORDENÓ solicitar al PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES el expediente administrativo relacionado con el presente caso, para lo cual se le conceden diez (10) días de despacho para la remisión de los mismos.